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Legislación › Ley 2/2024, de 19 de julio, del Consejo Consultivo de Andalucía.

Artículo 22. Pleno.

Artículo 22. Pleno.

El Pleno del Consejo Consultivo estará constituido por la persona que ostente la Presidencia, las consejeras y consejeros permanentes, natos y electivos. Estará asistido por la Secretaría General.

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