Legislación › Ley 2/2024, de 19 de julio, del Consejo Consultivo de Andalucía.
Artículo 22. Pleno.
Artículo 22. Pleno.
El Pleno del Consejo Consultivo estará constituido por la persona que ostente la Presidencia, las consejeras y consejeros permanentes, natos y electivos. Estará asistido por la Secretaría General.


