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Legislación › Orden TMD/101/2025, de 31 de enero, para la concesión directa de subvenciones a ayuntamientos y diputaciones provinciales para financiar obras de reparación, restitución o reconstrucción de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal y de la red viaria de titularidad provincial, de los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, al amparo del artículo 5 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.

Vigésimo. Reintegros.

Vigésimo. Reintegros.

1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago, en caso de no aplicar la subvención a su objeto dentro de los plazos establecidos en esta orden, así como en los restantes supuestos que se contemplan en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en todos los que se enuncian en esta orden.

2. En caso de incumplimiento del plazo de ejecución, el reintegro se limitará al porcentaje de inversión no ejecutada en plazo, siempre que la entidad local acredite en la ejecución de la inversión subvencionada una actitud diligente e inequívocamente tendente a la satisfacción de los compromisos asumidos con motivo de la obtención de la ayuda económica. En todo caso, se considerará que ha actuado de manera diligente si, iniciado el procedimiento de reintegro correspondiente, acredita la finalización total de la obra.

3. Procederá el reintegro de la subvención por el importe de las facturas o certificaciones de obra que no hayan sido efectivamente pagadas dentro del plazo de justificación.

4. El incumplimiento de las medidas de publicidad de la subvención dará lugar al reintegro del cinco por ciento de la subvención que corresponda al respectivo proyecto.

5. El incumplimiento de las obligaciones de destino que se estipulan en el apartado cuarto será causa de reintegro.

Se añade el punto 5 por el apartado segundo.17 de la Orden TMD/1586/2025, de 29 de diciembre. BOE-A-2026-605

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10 de enero de 2026 En vigor BOE-A-2026-605 Leer Qué cambió
3 de febrero de 2025 Texto original Leer

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