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Legislación › Real Decreto 1027/2025, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Artículo 17. El Departamento de Documentación y Difusión Jurídica.

Artículo 17. El Departamento de Documentación y Difusión Jurídica.

Corresponde al Departamento de Documentación y Difusión Jurídica:

a) La gestión, mantenimiento y actualización de las bases de datos de la Agencia.

b) La gestión, mantenimiento y actualización de las bases de datos elaboradas en colaboración con otros órganos de la Administración General del Estado o entidades públicas.

c) El tratamiento documental, análisis jurídico y consolidación de las disposiciones publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» y otros diarios oficiales.

d) La gestión de proyectos y servicios documentales orientados a mejorar el acceso, la reutilización y la difusión de la información jurídica.

e) La gestión de la biblioteca y el archivo.

f) Cualquier otra que le encomienden el Consejo Rector o la Dirección.

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