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Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 2 de abril de 2025 · Último cambio el 2 de abril de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y fines de la ley.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Definiciones.
  6. Artículo 4. Principios rectores.
  7. Artículo 5. Jerarquía de prioridades de los agentes de la cadena alimentaria.
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 6. Obligaciones generales para todos los agentes de la cadena alimentaria.
  10. Artículo 7. Contenido mínimo de los convenios o acuerdos de donación.
  11. Artículo 8. Obligaciones específicas para las empresas de hostelería y restauración.
  12. Artículo 9. Obligaciones específicas para las empresas y las entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro que se dedican a la distribución de alimentos para la donación de alimentos aptos para el consumo humano.
  13. Artículo 10. Derechos de los consumidores.
  14. Artículo 11. Obligaciones específicas para las administraciones públicas.
  15. CAPÍTULO III
  16. Artículo 12. Medidas de buenas prácticas a desempeñar por las empresas que venden alimentos al consumidor final.
  17. Artículo 13. Medidas de buenas prácticas para el sector de la hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios.
  18. CAPÍTULO IV
  19. Artículo 14. Racionalización de las fechas de consumo preferente.
  20. CAPÍTULO V
  21. Artículo 15. Incentivos a las buenas prácticas.
  22. Artículo 16. Fomento de la autorregulación.
  23. Artículo 17. Planificación de la política de prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
  24. Artículo 18. Plan Nacional de control de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
  25. Artículo 19. Informe anual.
  26. CAPÍTULO VI
  27. Artículo 20. Infracciones.
  28. Artículo 21. Sanciones.
  29. Artículo 22. Subsanación.
  30. Artículo 23. Prescripción de las infracciones.
  31. Disposición adicional primera. Cuantificación de los residuos alimentarios.
  32. Disposición adicional segunda. Declaración de interés general de caminos naturales.
  33. Disposición adicional tercera. Contenido del Plan Estratégico de prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario y de los programas autonómicos.
  34. Disposición adicional cuarta. Instrumentación de ayudas del Gobierno a los sectores del olivar y el viñedo.
  35. Disposición adicional quinta. Declaración de interés general de determinadas obras de modernización de regadíos.
  36. Disposición adicional sexta. Determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en el ámbito estatal.
  37. Disposición adicional séptima. Regulación del espigueo o rebusco.
  38. Disposición adicional octava. Control de las especies naturales depredadoras en eficiencia del sistema productivo.
  39. Disposición transitoria única. Adaptación a la normativa europea.
  40. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  41. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones lnterprofesionales Agroalimentarias, modificada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
  42. Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 388/1998, de 13 de marzo, por el que se modifican la Comisión General de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios y la Comisión de Coordinación con las Comunidades Autónomas, sobre seguros agrarios.
  43. Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
  44. Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.
  45. Disposición final quinta. Modificación de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
  46. Disposición final sexta. Modificación de la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.
  47. Disposición final séptima. Modificación de la Orden ARM/2616/2010, de 5 de octubre, por la que se establece la composición y funcionamiento del Comité de Participación en el marco del Consejo Interministerial de Organismos Modificados Genéticamente.
  48. Disposición final octava. Modificación del Real Decreto 227/2014, de 4 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Información y Control Alimentarios.
  49. Disposición final novena. Modificación del Real Decreto 833/2014, de 3 de octubre, por el que se establece y regula el Registro General de Operadores Ecológicos y se crea la Mesa de coordinación de la producción ecológica.
  50. Disposición final décima. Modificación del Real Decreto 64/2015, de 6 de febrero, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, y se modifica el Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 d
  51. Disposición final undécima. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
  52. Disposición final duodécima. Modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
  53. Disposición final decimotercera. Modificación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
  54. Disposición final decimocuarta. Modificación de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regula el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.
  55. Disposición final decimoquinta. Título competencial.
  56. Disposición final decimosexta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
  57. Disposición final decimoséptima. Régimen fiscal de las donaciones de alimentos.
  58. Disposición final decimoctava. Modificación de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
  59. Disposición final decimonovena. Modificación del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
  60. Disposición final vigésima. Entrada en vigor.
  61. [firma]