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Legislación › Real Decreto 467/2026, de 10 de junio, por el que se regulan la devolución y destrucción de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y de medicamentos estupefacientes por las oficinas y servicios de farmacia.

Disposición final primera. Título competencial.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de los artículos 149.1.16.ª y 149.1.23.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación sobre productos farmacéuticos y de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección.

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