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Legislación › Ley 8/2026, de 2 de julio, de la erradicación del amianto.

Disposición adicional cuarta. Plazos para la retirada del amianto.

Disposición adicional cuarta. Plazos para la retirada del amianto.

Los sujetos obligados por la presente ley deben retirar el amianto en los plazos fijados por las instituciones competentes con carácter vinculante.

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