LexTotal

Legislación › Ley 4/2026, de 2 de julio, de Caza y Pesca de la Comunidad de Madrid.

Artículo 173. De las infracciones y sanciones y su régimen jurídico.

Artículo 173. De las infracciones y sanciones y su régimen jurídico.

Constituyen infracciones y generarán responsabilidades administrativas las acciones u omisiones que infrinjan lo establecido en la presente ley, sin perjuicio de las responsabilidades exigibles en vía penal o civil. Estas infracciones se clasifican en muy graves, graves y leves.

← Artículo 172 Índice Artículo 174 →