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Legislación › Ley 4/2026, de 2 de julio, de Caza y Pesca de la Comunidad de Madrid.

Artículo 21. Cambio de titular.

Artículo 21. Cambio de titular.

1. Para solicitar el cambio de titularidad del coto deben cumplirse con los mismos requisitos y procedimiento que para su constitución.

2. Finalizado el cambio de titularidad, aquellas parcelas no afectadas por este procedimiento pasarán a tener la condición de vedado.

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