Legislación › Real Decreto 707/2026, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva.
Artículo 17. Ayudas públicas.
Artículo 17. Ayudas públicas.
Las Administraciones Públicas podrán establecer, en el ámbito de sus competencias y en función de sus disponibilidades presupuestarias, regímenes de ayudas que podrán consistir en subvenciones, incentivos o cualquier otra modalidad de apoyo conducentes a facilitar el cumplimiento de los deberes de accesibilidad cognitiva a las personas físicas o jurídicas obligadas por este reglamento.


