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Ley 4/2026, de 1 de octubre, por la que se modifican el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, para la extensión y refuerzo de los derechos de las personas con discapacidad a la inclusión, la autonomía y la accesibilidad universal conforme al artículo 49 de la Constitución Española.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 3 de octubre de 2026 · Último cambio el 3 de octubre de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo primero. Modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
  3. Artículo segundo. Modificación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
  4. Disposición adicional primera. Referencias en materia de vivienda.
  5. Disposición adicional segunda. Requisito para el acceso a profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas con discapacidad o en situación de dependencia en el ámbito de los apoyos y de los cuidados.
  6. Disposición adicional tercera. Referencias normativas.
  7. Disposición adicional cuarta. Referencias a las empresas para la inclusión laboral de las personas con discapacidad.
  8. Disposición adicional quinta. Tratamientos de datos de carácter personal.
  9. Disposición adicional sexta. Regulación de las ayudas de carácter económico de los Servicios Sociales.
  10. Disposición adicional séptima. Autorización para la creación del Consorcio Centro Estatal de Competencias en Innovación Social (CECIS).
  11. Disposición adicional octava. Ventanas de acceso a datos sanitarios.
  12. Disposición adicional novena. Consideración de los Servicios Sociales como servicios esenciales.
  13. Disposición adicional décima. Periodo suspensivo de las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar.
  14. Disposición adicional undécima. Desarrollo formativo específico en Trastorno del Espectro del Autismo (TEA) en el ámbito del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
  15. Disposición adicional duodécima. Innovación tecnológica con garantías éticas.
  16. Disposición adicional decimotercera. Ventanilla única del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
  17. Disposición adicional decimocuarta. Cálculo de la aportación de los trabajos no remunerados.
  18. Disposición adicional decimoquinta. Informe de evaluación de la Incidencia de Género.
  19. Disposición adicional decimosexta. Trabajadoras del hogar directamente contratadas por las familias.
  20. Disposición adicional decimoséptima. Mecanismos estables de seguimiento y evaluación de las políticas de desinstitucionalización.
  21. Disposición adicional decimoctava. Persona experta facilitadora procesal. Requisitos y funciones.
  22. Disposición adicional decimonovena. Aplicación en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
  23. Disposición adicional vigésima. Grupo de trabajo estatal sobre la financiación y sostenibilidad del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
  24. Disposición adicional vigesimoprimera. Desarrollo e interoperabilidad de los sistemas de información.
  25. Disposición adicional vigesimosegunda. Cumplimiento de las Recomendaciones del Pacto de Toledo para la prórroga del derecho a la prestación y permiso por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, vinculada a la convivencia con la persona dependiente, en los supuestos de gran discapacidad o gran dependencia.
  26. Disposición adicional vigesimotercera.
  27. Disposición adicional vigesimocuarta. Simplificación administrativa y resolución ágil de la prestación y permiso por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave (CUME).
  28. Disposición adicional vigesimoquinta. Protección de los trabajadores autónomos para la prórroga del derecho a la prestación y permiso por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, vinculada a la convivencia con la persona dependiente, en los supuestos de gran discapacidad o gran dependencia.
  29. Disposición transitoria. Revisión de prestaciones vigentes para la prórroga del derecho a la prestación y permiso por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, vinculada a la convivencia con la persona dependiente, en los supuestos de gran discapacidad o gran dependencia.
  30. Disposición final primera. Modificación de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
  31. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.
  32. Disposición final tercera. Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  33. Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
  34. Disposición final quinta. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  35. Disposición final sexta. Modificación de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
  36. Disposición final séptima. Modificación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  37. Disposición final octava. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
  38. Disposición final novena. Modificación de la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
  39. Disposición final décima. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
  40. Disposición final undécima. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
  41. Disposición final duodécima. Modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
  42. Disposición final decimotercera. Modificación de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.
  43. Disposición final decimocuarta. Modificación de la Ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación.
  44. Disposición final decimoquinta. Modificación de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual.
  45. Disposición final decimosexta. Modificación de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.
  46. Disposición final decimoséptima. Modificación de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarri
  47. Disposición final decimoctava. Autorización al Gobierno para la refundición de textos legales.
  48. Disposición final decimonovena. Modificación del artículo 763 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil y desarrollo de la normativa sanitaria y social de aplicación.
  49. Disposición final vigésima. Actualización de regulación de los patrimonios protegidos en favor de personas con discapacidad.
  50. Disposición final vigesimoprimera. Mandato al Gobierno español para la remisión a las Cortes de un proyecto de Ley de reconocimiento, reparación e indemnización a las víctimas de esterilización forzada o no consentida incapacitadas judicialmente por razón de discapacidad.
  51. Disposición final vigesimosegunda. Desarrollo reglamentario del empleo personalizado.
  52. Disposición final vigesimotercera. Desarrollo reglamentario y adaptación asistencial para la prórroga del derecho a la prestación y permiso por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, vinculada a la convivencia con la persona dependiente, en los supuestos de gran discapacidad o gran dependencia.
  53. Disposición final vigesimocuarta. Adaptación normativa.
  54. Disposición final vigesimoquinta. Marco de referencia sobre ajustes razonables en materia de no discriminación, igualdad de trato y accesibilidad universal de personas con discapacidad.
  55. Disposición final vigesimosexta. Título competencial.
  56. Disposición final vigesimoséptima. Habilitación para el desarrollo normativo.
  57. Disposición final vigesimoctava. Entrada en vigor.
  58. [firma]