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Legislación › Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, por la que se regula la solución pública de facturación electrónica, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final tercera del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, por el que se desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

Artículo 9. Servicio de recuperación de facturas de la solución pública de facturación electrónica.

Artículo 9. Servicio de recuperación de facturas de la solución pública de facturación electrónica.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, las plataformas privadas que intercambien facturas electrónicas utilizando la solución pública de facturación electrónica estarán obligadas a recuperar los mensajes de factura electrónica intercambiados, cumpliendo con los requisitos de representación e identificación previstos en el artículo 11.

2. Las plataformas privadas de facturación electrónica deberán automatizar el acceso a la solución pública de facturación electrónica para recuperar las facturas recibidas por sus clientes y, una vez recuperadas, ponerlas a su disposición de forma inmediata, a los efectos del cumplimiento de sus obligaciones de conservación. Las características de este acceso serán las que se determinen en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

3. El destinatario de las facturas podrá recuperar en cualquier momento sus facturas recibidas, directamente o a través de un acceso automatizado a la solución pública de facturación electrónica.

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