Legislación › Ley 4/2026, de 24 de marzo, de Patrimonio Cultural de Andalucía.
Disposición transitoria sexta. Cambio de denominación de control arqueológico de movimientos de tierra por seguimiento arqueológico de obras.
Disposición transitoria sexta. Cambio de denominación de control arqueológico de movimientos de tierra por seguimiento arqueológico de obras.
La actividad arqueológica denominada «control arqueológico de movimientos de tierra» a la entrada en vigor de esta ley vendrá a denominarse «seguimiento arqueológico de obras». Asimismo, todas las referencias al control arqueológico de movimientos de tierra incluidas en el Reglamento de Actividades Arqueológicas deben entenderse referidas al seguimiento arqueológico de obras.
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