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Legislación › Ley 4/2026, de 24 de marzo, de Patrimonio Cultural de Andalucía.

Disposición transitoria séptima. Actividades arqueológicas iniciadas y no finalizadas a la entrada en vigor de la presente ley.

Disposición transitoria séptima. Actividades arqueológicas iniciadas y no finalizadas a la entrada en vigor de la presente ley.

Las actividades arqueológicas iniciadas y no finalizadas a la entrada en vigor de la presente ley continuarán rigiéndose por la normativa con arreglo a la cual fueron iniciadas.

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