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Legislación › Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades.

Artículo 68. Competencias.

Artículo 68. Competencias.

Corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de Universidades, coordinar las Universidades andaluzas.

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