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Legislación › Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos.

Artículo 17. Escala autonómica.

Artículo 17. Escala autonómica.

La escala autonómica aplicable a la base liquidable general será la siguiente:

Base Liquidable

– 

Hasta euros

Cuota Íntegra

– 

Euros

Resto Base Liquidable

– 

Hasta euros

Tipo aplicable

– 

Porcentaje

0,00 0,00 12.450,00 9,50%
12.450,00 1.182,75 7.750,00 12,00%
20.200,00 2.112,75 15.000,00 15,00%
35.200,00 4.362,75 24.800,00 18,50%
60.000,00 8.950,75 en adelante 22,50%
Véase la disposición transitoria tercera del presente Decreto Legislativo, añadida por el art. único.7 del Decreto-ley 1/2019, de 9 de abril, BOJA-b-2019-90438, que establece la escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aplicable en los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022.

Se modifica por el art. único.1 del Decreto-ley 1/2019, de 9 de abril. BOJA-b-2019-90438

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de abril de 2019 En vigor BOE-A-2019-90438 Leer Qué cambió
28 de junio de 2018 BOE-A-2018-90363 Leer

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