Legislación › Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus COVID-19).
Artículo 22. Cancelaciones.
Artículo 22. Cancelaciones.
La empresa explotadora está obligada a informar a la persona o personas usuarias antes de la realización del contrato, de las condiciones de cancelación de la reserva.
Se modifica por la disposición final 1.3 del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo. BOJA-b-2021-90124
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de marzo de 2021 En vigor | BOE-A-2021-90124 | Leer | Qué cambió |
| 19 de mayo de 2020 | BOE-A-2020-90175 | Leer |


