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Legislación › Decreto-ley 11/2021, de 1 de junio, por el que se establecen medidas extraordinarias para paliar la pérdida de rentas de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas del sector de feriantes, para el apoyo económico del servicio de atención infantil temprana, así como para la flexibilización de horarios comerciales de los municipios turísticos de Andalucía, y se adoptan medidas excepcionales relativas a las convocatorias y reuniones de los órganos sociales de las sociedades cooperativas andaluzas.

Artículo 27. Órganos de administración.

Artículo 27. Órganos de administración.

Durante el año 2021, los distintos órganos de administración de las Sociedades Cooperativas Andaluzas podrán celebrar reuniones y adoptar acuerdos en cualquiera de las formas establecidas en los estatutos de las cooperativas, y si no estuviese previsto en dichos estatutos, podrán igualmente celebrarlas mediante cualquier medio técnico, informático o telemático, o cualquier otro que permitan las tecnologías de la información y la comunicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.4 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.

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