Legislación › Decreto-ley 3/2025, de 4 de agosto, por el que se articula un periodo transitorio para garantizar la prestación del servicio de Televisión Digital Terrestre de ámbito local en Andalucía gestionado por particulares.
Disposición adicional primera. Concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial y ámbito local mediante Televisión Digital Terrestre (TDT) en Andalucía.
Disposición adicional primera. Concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial y ámbito local mediante Televisión Digital Terrestre (TDT) en Andalucía.
En el plazo máximo de seis meses desde la fecha de entrada en vigor del presente decreto-ley, por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, conforme con lo dispuesto en los artículos 14 y 60 de la Ley 10/2018, de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía, y en los artículos 42 a 45 del Decreto 90/2025, de 2 de abril, se convocará concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de todas aquellas licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial y ámbito local mediante Televisión Digital Terrestre (TDT) en Andalucía que se encuentren vacantes en el momento de la convocatoria; incluyendo, en todo caso, las correspondientes a las habilitaciones provisionales otorgadas de conformidad con lo establecido en el presente decreto-ley.


