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Legislación › Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo 78. Cuota.

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Artículo 78. Cuota.
1. La tasa se exigirá según la siguiente tarifa (euros):
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Originales
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Copias
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a) Solicitud Título de homologación al de título universitario obtenido en el marco de sistemas de educación superior extranjeros a un título universitario español para el ejercicio de Música, Danza o Arte Dramático. profesión regulada. ·
166,50 ·
53,59 b) Solicitud de declaración de equivalencia de un título universitario obtenido en el marco de sistemas de educación superior extranjeros a un nivel académico oficial español de grado y máster universitario. ·
166,50 ·
6,55 c) Solicitud de homologación al título de Grado de Enseñanzas Artísticas Superiores. ·
108,89 ·
b)Solicitud d) Solicitud de homologación al título español de Bachiller, Técnica o Técnico Superior de Formación Profesional, Técnica o Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, Técnica o Técnico Deportivo Superior, o título profesional de Música o Danza.
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49,26
·
6,55
53,33 ·
c) e) Solicitud de homologación al título español de Técnica o Técnico de Formación Profesional, Técnica o Técnico de Artes Plásticas y Diseño o Técnica o Técnico Deportivo.
·
49,26
·
6,55
·
d) Solicitud de homologación al título español de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
·
49,26
·
6,55
53,33 ·
e) f) Solicitud de homologación al título de Máster de Enseñanzas Artísticas Superiores.
·
53,59
·
6,55
108,89 ·
f) g) Solicitud de convalidación por cursos o módulos de enseñanzas españolas de nivel no universitario.
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24,62
·
6,55
26,64 ·
2. Cuando se trate de títulos o estudios no mencionados expresamente en los subapartados anteriores, se aplicará la cuantía correspondiente a los títulos o estudios equivalentes por sus efectos o nivel académico.
3. No se exigirá la tasa por la solicitud de homologación al título español de Graduado en Educación Secundaria.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2025-940 Leer Qué cambió
20 de abril de 2017 BOE-A-2017-5085 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-798 Leer Qué cambió
29 de diciembre de 2011 BOE-A-2012-967 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 2007 BOE-A-2007-90050 Leer

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