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Legislación › Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo 86. Cuota.

Artículo 86. Cuota.

La cuantía de la tasa será de 6,00 euros.

Se modifica por la disposición final 1.5 de la Ley 2/2017, de 11 de abril. BOE-A-2017-5085

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de abril de 2017 En vigor BOE-A-2017-5085 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 2007 BOE-A-2007-90050 Leer

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