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Legislación › Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.

Disposición adicional cuarta. Provisión de puestos por personal docente.

Disposición adicional cuarta. Provisión de puestos por personal docente.

El personal docente podrá ocupar puestos de trabajo, preferentemente, en la Administración educativa y formativa, cuando así se prevea en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, sin consolidar grado personal.

Se modifica por la disposición adicional 7 de la Ley 8/2004, de 28 de diciembre. BOE-A-2005-14444

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2005 En vigor BOE-A-2005-14444 Leer Qué cambió
13 de mayo de 2001 BOE-A-2001-90004 Leer

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