Legislación › Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.
Disposición adicional cuarta. Provisión de puestos por personal docente.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de mayo de 2001 y la del 1 de enero de 2005.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
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Disposición adicional cuarta. Provisión de puestos en la Administración Educativa por personal docente.
El personal docente podrá ocupar puestos de trabajo trabajo, preferentemente, en la Administración Educativa, educativa y formativa, cuando así se prevea en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, sin consolidar grado personal.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2005 En vigor | BOE-A-2005-14444 | Leer | Qué cambió |
| 13 de mayo de 2001 | BOE-A-2001-90004 | Leer |
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