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Decreto Legislativo 1/2000, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación de Cuerpos y Escalas de la Administración Pública de la Región de Murcia.
En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 12 de abril de 2001 · Último cambio el 28 de diciembre de 2018 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
- Disposición final única. Entrada en vigor
- [firma]
- Texto refundido
- Artículo 1. Grupos y cuerpos de funcionarios. 5 redacciones · cambió el 02/08/2014
- Artículo 2. Escala de Funcionarios. 2 redacciones · cambió el 23/11/2002
- Artículo 3. Requisitos de titulación de acceso a los cuerpos. 6 redacciones · cambió el 02/08/2014
- Artículo 4. Funciones de los cuerpos. 6 redacciones · cambió el 28/11/2014
- Artículo 5. Funciones de las escalas. 2 redacciones · cambió el 23/11/2002
- Artículo 6. Acceso.
- Disposición adicional primera. Equivalencia al título de diplomado.
- Disposición adicional segunda. Integraciones.
- Disposición adicional tercera. Equiparaciones.
- Disposición adicional cuarta. Cuerpos Facultativo de Médicos Titulares, de Técnico de Diplomados Titulares de Enfermería y de Matronas de Areas de Salud.
- Disposición adicional quinta. Cuerpo de Letrados de la Región de Murcia. Normas de acceso y de integración. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Disposición adicional sexta. Cuerpo de Interventores y Auditores de la Región de Murcia. Normas de acceso y de integración. 5 redacciones · cambió el 11/01/2017
- Disposición adicional séptima. Cuerpo de Agentes Medioambientales.
- Disposición adicional octava. Cuerpo Superior de Administradores Tributarios y Cuerpo de Técnicos Tributarios de la Región de Murcia. Normas de acceso y de integración. 5 redacciones · cambió el 28/12/2018
- Disposición adicional novena. Procedimiento de integración del personal funcionario de carrera de los Cuerpos Administrativo y de Auxiliares Administrativos en las Opciones de los Cuerpos de Técnicos Especialistas y de Técnicos Auxiliares, propias de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia. 2 redacciones · cambió el 06/02/2016
- Disposición final única. Supletoriedad.


