LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2000, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación de Cuerpos y Escalas de la Administración Pública de la Región de Murcia.

Artículo 2. Escala de Funcionarios.

Artículo 2. Escala de Funcionarios.

Existen dentro de los Cuerpos Superior Facultativo y Técnico las siguientes Escalas:

1.- Escala Superior de Salud Pública, Escala Técnica Superior y Escala Científica Superior, en el Cuerpo Superior Facultativo.

2.- Escala de Diplomados de Salud Pública, Escala de Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos y Escala Científica, en el Cuerpo Técnico.

Se modifica por la disposición adicional 5.1 de la Ley 8/2002, de 30 de octubre. BORM-s-2002-90013

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de abril de 2003 En vigor BOE-A-2002-90013 Leer Qué cambió
13 de abril de 2001 BOE-A-2001-90005 Leer

← Artículo 1 Índice Artículo 3 →