Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
Artículo 5. Exenciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de diciembre de 2004 y la del 1 de enero de 2007.
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Artículo 5. Exenciones.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
1. La expedición de certificados de retribuciones satisfechas por la Administración de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
2. La expedición de certificados y compulsa de documentos que solicite el personal de la Administración Autonómica por necesidades propias de la relación funcionarial o laboral.
3. Las actividades necesarias realizadas por las entidades locales, empresas, familias e instituciones sin fines de lucro, relacionadas con la solicitud de becas o ayudas, su percepción, justificación, así como cualquier otra actividad tendente al cumplimiento de las obligaciones impuestas a los beneficiarios como consecuencia de la concesión de las mismas.
4. Las actividades derivadas de solicitudes de entes públicos territoriales e institucionales y empresas públicas regionales.
5. La inscripción en el Registro de Fundaciones de aquellas Asociaciones y Fundaciones declaradas de utilidad pública, respecto al registro de los actos, hechos o documentos a que vienen obligados por disposición legal o reglamentaria.
6. La inscripción en el Registro de las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región de las entidades de estas características.
7. La expedición de certificados, así como la compulsa de documentos que se realicen por el Servicio Público de Empleo, a favor de los sujetos pasivos que estén en situación de desempleo en el momento de devengo de la tasa, respecto a actividades y competencias propias de dicho servicio.
8. La expedición por vía telemática de certificados de estar al corriente de las obligaciones fiscales con la hacienda pública de la Región de Murcia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2023 En vigor | BOE-A-2024-2045 | Leer | Qué cambió |
| 22 de octubre de 2022 | BOE-A-2022-90316 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 2021 | BOE-A-2021-21313 | Leer | Qué cambió |
| 19 de junio de 2020 | BOE-A-2020-90236 | Leer | Qué cambió |
| 12 de enero de 2017 | BOE-A-2017-2229 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2011-3016 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | BOE-A-2011-2282 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2007 | BOE-A-2007-9892 | Leer | Qué cambió |
| 28 de diciembre de 2004 | BOE-A-2004-90027 | Leer |


