Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
Artículo 7. Plazos de publicación.
Artículo 7. Plazos de publicación.
1. Las inserciones exentas de tasa y aquellas que abonen la tasa normal se publicarán en el plazo máximo de quince días. Si la tasa abonada fuera la de urgencia el plazo máximo de publicación será de seis días.
2. Los plazos de publicación comenzarán a computarse una vez registrado el documento original y recibido el comprobante del pago, si procede.
Se modifica por el art. 4.9 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre. BOE-A-2014-752
Se modifica por el art. 4.4 de la Ley 7/2008, de 26 de diciembre. BOE-A-2011-2282
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2013 En vigor | BOE-A-2014-752 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | BOE-A-2011-2282 | Leer | Qué cambió |
| 28 de diciembre de 2004 | BOE-A-2004-90027 | Leer |


