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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

Artículo 95. Modalidades de ejercicio.

Artículo 95. Modalidades de ejercicio.

El ejercicio de la función interventora comprenderá:

a) La fiscalización previa de los actos que reconozcan derechos de contenido económico, aprueben gastos, adquieran compromisos de gasto, o acuerden movimientos de fondos y valores.

b) La intervención del reconocimiento de las obligaciones y de la comprobación de la inversión.

c) La intervención formal de la ordenación del pago.

d) La intervención material del pago.

Se modifica por la disposición final 1.2 de la Ley 5/2012, de 12 de julio. BOE-A-2012-13949.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de julio de 2012 En vigor BOE-A-2012-13949 Leer Qué cambió
30 de noviembre de 2002 BOE-A-2002-90021 Leer

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