Legislación › Decreto Legislativo 2/2006, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la comunidad autónoma de Extremadura en materia de Tributos Propios.
Artículo 52. Prescripción.
Artículo 52. Prescripción.
La prescripción se regirá por lo previsto en la Ley General Tributaria.


