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Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 12.2-4. Cuota.

Artículo 12.2-4. Cuota.

La cuota de la tasa de cada permiso de caza se exige de acuerdo con las siguientes tarifas:

1.1 En el caso de cazador o cazadora local de las zonas de caza controlada, considerados como tales:

a) Las personas que tienen la vecindad administrativa en alguno de los términos municipales en los que se incluye la zona de caza controlada correspondiente.

b) Las personas propietarias de un mínimo de cinco hectáreas de terreno rústico dentro de la zona citada de caza controlada.

c) Las personas nacidas en alguno de los municipios incluidos en la zona de caza controlada correspondiente.

d) Los socios de las sociedades de cazadores locales que hayan tenido la consideración de cazadores locales en la zona de caza controlada correspondiente durante un mínimo de cinco años.

Aves acuáticas: 25 euros por temporada.

Jabalí: 5 euros por temporada.

Caza menor: 5 euros por temporada.

Cabra montés.

Hembra de cabra montés: 31,50 euros.

Cabra montés menor de un año: 15,75 euros.

Macho de 1 a 5 años de cabra montés: 63,00 euros.

Macho de más de 5 años, y hasta 8, de cabra montés: 210 euros.

Macho de más de 8 años de cabra montés:

Cuota fija: 210 euros.

Cuota variable, de acuerdo con la siguiente tabla:

Puntos

Euros

204 o menos

0,00

Bronce 205

356,56

206

383,00

207

409,52

208

436,00

209

462,48

210

489,05

211

515,55

212

541,65

213

568,51

214

594,99

Plata 215

639,18

216

692,73

217

745,69

218

798,71

219

847,49

220

904,66

221

957,68

222

1.010,69

223

1.064,28

224

1.117,24

Oro 225

1.205,61

226

1.276,28

227

1.346,90

228

1.418,13

229

1.488,82

230

1.559,44

231

1.630,15

232

1.700,77

233

1.772,04

234

1.842,71

235

1.913,33

236

2.001,68

237

2.091,20

238

2.178,90

239

2.267,22

240

2.355,57

241

2.444,44

242

2.532,77

243

2.621,12

244

2.709,38

245

2.798,31

246

2.886,64

247

2.974,99

248

3.063,31

249

3.152,18

250

3.240,51

251

3.328,84

252

3.417,16

253

3.506,10

254

3.594,40

255

3.682,73

256

3.771,08

257

3.859,97

258

3.948,32

259

4.036,62

260

4.124,95

261 en adelante

4.124,95 más 177,30 por punto

Macho de gamo: 36,75 euros.

Hembra de gamo: 5,25 euros.

Macho de muflón: 36,75 euros.

Hembra de muflón: 5,25 euros.

Macho de rebeco: 52,50 euros.

Hembra de rebeco: 42 euros.

Macho de corzo: 21 euros.

Hembra de corzo: 5,25 euros.

Macho de ciervo: 52,50 euros.

Hembra de ciervo: 15,75 euros.

1.2 En caso de cazador no local:

Aves acuáticas: 50 euros por temporada.

Jabalí: 10 euros por temporada.

Caza menor: 10 euros por temporada.

Cabra montés.

Hembra de cabra montés: 63 euros.

Cabra montés menor de un año: 31,50 euros.

Macho de 1 a 5 años de cabra montés: 126 euros.

Macho de más de 5 años, y hasta 8, de cabra montés: 420 euros.

Macho de más de 8 años de cabra montés:

Cuota fija: 420 euros.

Cuota variable, de acuerdo con la siguiente tabla:

Puntos

Euros

204 o menos

0,00

Bronce 205

713,12

206

766,00

207

819,04

208

872,00

209

924,97

210

978,10

211

1.031,10

212

1.083,31

213

1.137,02

214

1.189,99

Plata 215

1.278,35

216

1.385,45

217

1.491,38

218

1.597,43

219

1.694,97

220

1.809,32

221

1.915,37

222

2.021,38

223

2.128,56

224

2.234,48

Oro 225

2.411,22

226

2.552,55

227

2.693,80

228

2.836,26

229

2.977,63

230

3.118,88

231

3.260,29

232

3.401,54

233

3.544,09

234

3.685,42

235

3.826,66

236

4.003,36

237

4.182,40

238

4.357,79

239

4.534,45

240

4.711,14

241

4.888,88

242

5.065,54

243

5.242,23

244

5.418,76

245

5.596,63

246

5.773,28

247

5.949,97

248

6.126,62

249

6.304,37

250

6.481,02

251

6.657,67

252

6.834,32

253

7.012,19

254

7.188,80

255

7.365,46

256

7.542,15

257

7.719,94

258

7.896,63

259

8.073,24

260

8.249,89

261 en adelante

8.249,89 más 354,60 euros por punto

Macho de gamo: 73,50 euros.

Hembra de gamo: 10,50 euros.

Macho de muflón: 73,50 euros.

Hembra de muflón: 10,50 euros.

Macho de rebeco: 105 euros.

Hembra de rebeco: 84 euros.

Macho de corzo: 42 euros.

Hembra de corzo: 10,5 euros.

Macho de ciervo: 105 euros.

Hembra de ciervo: 31,50 euros.

Se modifica el apartado 1 por el art. 13 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. BOE-A-2022-953

Se modifican los apartados 1.1 y 1.2 por el art. 45.1 y 2 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5569

Se modifica por el art. 109 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. BOE-A-2017-7353

Se modifica por el art. 33.4 de la Ley 3/2015, de 11 de marzo. BOE-A-2015-3637.

Se modifica por el art. 52 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.

Se modifica por el art. 27.2 de la Ley 5/2012, de 20 de marzo. BOE-A-2012-4730.

Se modifica por el art. 9 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. BOE-A-2010-737.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-953 Leer Qué cambió
1 de mayo de 2020 BOE-A-2020-5569 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2017 BOE-A-2017-7353 Leer Qué cambió
14 de marzo de 2015 BOE-A-2015-3637 Leer Qué cambió
31 de enero de 2014 BOE-A-2014-2999 Leer Qué cambió
24 de marzo de 2012 BOE-A-2012-4730 Leer Qué cambió
1 de enero de 2010 BOE-A-2010-737 Leer Qué cambió
28 de junio de 2008 BOE-A-2008-90017 Leer

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