Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 14.10-2. Sujeto pasivo.
Artículo 14.10-2. Sujeto pasivo.
Los sujetos pasivos de esta tasa son las empresas gestoras de cargas del sistema que revenden energía eléctrica para la recarga de vehículos eléctricos y que operan en Cataluña con puntos de recarga.
Se añade por el art. 71 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.


