Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 20.1-4. Cuota.
Artículo 20.1-4. Cuota.
La cuota por cada hecho imponible establecido por el artículo 20.1-1 es:
1. Hecho imponible 1: 220,20 euros.
2. Hecho imponible 2: 37,70 euros.
3. Hecho imponible 3:
3.1 Por ficha de aceptación de residuos: 55,85 euros.
3.2 Por hoja de seguimiento: 3,55 euros.
3.3 Por hoja de seguimiento itinerante: 3,55 euros.
3.4 Por hoja de importación de expedición de transportes transfronterizos de residuos: 100,85 euros.
3.5 Por justificante de recepción de residuos: 1,20 euros por hoja unitaria.
4. (Derogado).
5. Cuando los servicios a que se refiere el apartado 3 del artículo 20.1-1 se tramitan por medios electrónicos, se aplica una bonificación del 100 % de la cuota que corresponda según los apartados anteriores.
Se modifica el apartado 5 por el art. 67 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5569
Se deroga el apartado 4 y se modifica el 5 por el art. 121.6 y 7 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. BOE-A-2017-7353
Redactado conforme a la corrección de erratas publicada en DOGC núm. 7415, de 19 de julio de 2017. DOGC-f-2017-90420, que sustituye la publicada en DOGC núm. 7399, de 27 de junio de 2017. DOGC-f-2017-90383
Se modifica por el art. 41 de la Ley 3/2015, de 11 de marzo. BOE-A-2015-3637.
Se modifica por el art. 84 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.
Se modifica por el art. 38 de la Ley 5/2012, de 20 de marzo. BOE-A-2012-4730.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de mayo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-5569 | Leer | Qué cambió |
| 31 de marzo de 2017 | BOE-A-2017-7353 | Leer | Qué cambió |
| 14 de marzo de 2015 | BOE-A-2015-3637 | Leer | Qué cambió |
| 31 de enero de 2014 | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 24 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-4730 | Leer | Qué cambió |
| 28 de junio de 2008 | BOE-A-2008-90017 | Leer |


