LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 25.8-3. Sujeto pasivo.

Artículo 25.8-3. Sujeto pasivo.

Son sujetos pasivos de la tasa los titulares de las concesiones y de las autorizaciones o los adjudicatarios o, si procede, las personas físicas o jurídicas que se subroguen.

← Artículo 25.8-2 Índice Artículo 25.8-4 →