Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 4.17-4. Cuota.
Artículo 4.17-4. Cuota.
La cuota de la tasa es la siguiente:
1. Por la autorización de almacenes de distribución de medicamentos veterinarios: 50 euros.
2. Por la autorización de comerciales minoristas de medicamentos veterinarios: 50 euros.
Se añade por el art. 8 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. BOE-A-2022-953


