Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 6.6-4. Bonificaciones.
Artículo 6.6-4. Bonificaciones.
Pueden disfrutar de una bonificación del 50% de la cuota resultante el resto de administraciones públicas de Cataluña y los entes que dependen de estas administraciones o están vinculados a las mismas.
Se añade por el art. 38 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.


