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Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 6.6-4. Bonificaciones.

Artículo 6.6-4. Bonificaciones.

Pueden disfrutar de una bonificación del 50% de la cuota resultante el resto de administraciones públicas de Cataluña y los entes que dependen de estas administraciones o están vinculados a las mismas.

Se añade por el art. 38 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.

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