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Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

CAPÍTULO XXI

CAPÍTULO XXI

Tasa por la ocupación privativa del dominio público portuario adscrito a servicios portuarios de la Generalidad de Cataluña

Téngase en cuenta que este capítulo se deroga por la disposición derogatoria 1.d) de la por Ley 10/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-443, desde el 30 de marzo de 2020, según establece su disposición final 2.1.

 Se deroga por la disposición derogatoria 1.d) de la Ley 10/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-443.

Téngase en cuenta que esta derogación entra en vigor el 30 de marzo de 2020, según establece la disposición final 2.1 de la citada ley.

Se añade por el art. 32 de la Ley 7/2011, de 27 de julio. BOE-A-2011-13896.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de marzo de 2020 En vigor BOE-A-2020-443 Leer Qué cambió
30 de julio de 2011 BOE-A-2011-13896 Leer

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