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Legislación › Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad.

Artículo 218-1. Organización y funcionamiento de los cuerpos tributarios de la Agencia Tributaria de Cataluña.

Artículo 218-1. Organización y funcionamiento de los cuerpos tributarios de la Agencia Tributaria de Cataluña.

Corresponde al director de la Agencia Tributaria de Cataluña concretar los aspectos de organización y funcionamiento de las actuaciones que lleven a cabo en los respectivos ámbitos de actuación los miembros de los cuerpos tributarios de la Generalidad con destino a la Agencia.

Se modifica por el art. 174.4 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5569

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 2020 En vigor BOE-A-2020-5569 Leer Qué cambió
4 de agosto de 2017 BOE-A-2017-90436 Leer

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