Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
CAPÍTULO XVIII
CAPÍTULO XVIII
18. Tasa por servicios de los consejos reguladores de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de productos agroalimentarios
Se deroga por el art. 16 de la Ley 12/2010, de 29 de diciembre. BOE-A-2011-3639
Téngase en cuenta que ya se había derogado anteriormente por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre.
Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre. BOE-A-2007-1561
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de diciembre de 2006 En vigor | BOE-A-2007-1561 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2011 | BOE-A-2011-3639 | Leer | Qué cambió |
| 10 de agosto de 2004 | BOE-A-2004-90019 | Leer |


