Legislación › Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Disposición final tercera. Remisión al desarrollo reglamentario por el Gobierno de Aragón.
Disposición final tercera. Remisión al desarrollo reglamentario por el Gobierno de Aragón.
1. El Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero competente en materia de Hacienda, aprobará mediante Decreto, las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo de la presente Ley y, en particular, las relativas a los distintos procedimientos de gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión de sus propias tasas.
2. (Derogado).
Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria única 2.c) de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre. BOE-A-2013-1424
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2013 En vigor | BOE-A-2013-1424 | Leer | Qué cambió |
| 18 de julio de 2006 | BOE-A-2006-90022 | Leer |
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