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Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 17 de julio de 2006 · Último cambio el 22 de octubre de 2021 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TITULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto y naturaleza.
  4. Artículo 2. Normativa aplicable.
  5. Artículo 3. Ambito de aplicación.
  6. Artículo 4. Principio de unidad e intervención.
  7. Artículo 5. Responsabilidades.
  8. Artículo 6. Recursos y reclamaciones.
  9. TITULO I
  10. CAPITULO I
  11. Artículo 7. Concepto.
  12. Artículo 8. Creación y regulación de las tasas.
  13. Artículo 9. Principios de equivalencia y de capacidad económica.
  14. CAPITULO II
  15. Artículo 10. Hecho imponible.
  16. Artículo 11. Exenciones y bonificaciones.
  17. Artículo 12. Devengo y exigibilidad.
  18. Artículo 13. Obligados y responsables tributarios.
  19. Artículo 14. Elementos cuantificadores.
  20. Artículo 15. Memoria económico-financiera.
  21. Artículo 15 bis. Valoración de la adecuación de la tasa y de los medios destinados a ella.
  22. CAPITULO III
  23. Artículo 16. Gestión.
  24. Artículo 17. Liquidación por la Administración y autoliquidación.
  25. Artículo 18. Extinción de la deuda tributaria.
  26. Artículo 19. Medios de pago. 2 redacciones · cambió el 22/10/2021
  27. Artículo 20. Plazos para el pago.
  28. Artículo 21. Aplazamiento y fraccionamiento.
  29. Artículo 22. Devolución.
  30. Artículo 23. Recaudación ejecutiva.
  31. Artículo 24. Régimen sancionador.
  32. TITULO II
  33. CAPITULO I
  34. Artículo 25. Concepto.
  35. Artículo 26. Creación y modificación.
  36. CAPITULO II
  37. Artículo 27. Elemento objetivo.
  38. Artículo 28. Exigibilidad.
  39. Artículo 29. Elemento subjetivo.
  40. Artículo 30. Responsables solidarios y subsidiarios.
  41. Artículo 31. Cuantía de los precios públicos. 2 redacciones · cambió el 25/01/2014
  42. CAPITULO III
  43. Artículo 32. Gestión y medios de pago.
  44. Artículo 33. Devolución.
  45. Artículo 34. Recaudación ejecutiva.
  46. Disposición adicional única. Establecimiento de tasas por la prestación de servicios o realización de actividades en régimen de Derecho público.
  47. Disposición adicional primera. Establecimiento de tasas por la prestación de servicios o realización de actividades en régimen de Derecho público.
  48. Disposición adicional segunda. Exención con carácter general.
  49. Disposición adicional tercera. Transparencia e información de las tasas y precios públicos.
  50. Disposición adicional cuarta. Actualización y adecuación de las tasas.
  51. Disposición transitoria única. Operatividad del pago mediante tarjeta de crédito o débito.
  52. Disposición derogatoria única. Derogación expresa y por incompatibilidad.
  53. Disposición final primera. Habilitaciones al Consejero competente en materia de Hacienda.
  54. Disposición final segunda. Habilitaciones a los Consejeros de los Departamentos gestores de las tasas.
  55. Disposición final tercera. Remisión al desarrollo reglamentario por el Gobierno de Aragón. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
  56. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  57. [firma]