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Orden de 17 de agosto de 1970 sobre el «Reglamento para el reconocimiento de los alojamientos a bordo de buques pesqueros en la parte que afecta a la construcción naval».
En vigor Ministerio de Comercio · Publicada el 29 de agosto de 1970 · Último cambio el 29 de agosto de 1970 · Ver en el BOE
Índice
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- Reglamento
- Artículo 1. Disposiciones generales.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Planos de los alojamientos de la tripulación.
- Artículo 4. Personal facultativo.
- Artículo 5. Construcción de los alojamientos.
- Artículo 6. Ventilación de los alojamientos.
- Artículo 7. Calefacción de los alojamientos.
- Artículo 8. Iluminación de los alojamientos.
- Artículo 9. Situación, dimensiones, número, capacidad y mobiliario de los camarotes y camaretas.
- Artículo 10. Situación y número de cámaras.
- Artículo 11. Instalaciones sanitarias.
- Artículo 12. Enfermería.
- Artículo 13. Estiba de los trajes de faena.
- Artículo 14. Mantenimiento y limpieza de los alojamientos.
- Artículo 15. Cocinas.
- Artículo 16. Ámbito de aplicación.


