Legislación › Decreto 2065/1974, de 30 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Artículo 2. Fines de la Seguridad Social.
Artículo 2. Fines de la Seguridad Social.
A través de la Seguridad Social, el Estado garantiza a las personas comprendidas en el campo de aplicación de aquella, bien por realizar una actividad profesional, bien por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las contingencias y situaciones que en esta Ley se definen.
Se modifica por el art. 1 de la Ley 26/1990, de 20 de diciembre. BOE-A-1990-30939.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de enero de 1991 En vigor | BOE-A-1990-30939 | Leer | Qué cambió |
| 21 de julio de 1974 | Texto original | Leer |


