Legislación › Real Decreto 3283/1978, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad General Judicial.
Artículo noventa.
Artículo noventa.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1810/1994, de 5 de agosto. BOE-A-1994-19267
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de agosto de 1994 En vigor | BOE-A-1994-19267 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1979 | Texto original | Leer |


