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Legislación › Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente.

Artículo 48.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de marzo de 1983 y la del 29 de octubre de 1988. Tachado: lo que se quitó (37 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 48.
Los Conselleiros tienen acceso a las sesiones La Xunta solicitará anualmente del Parlamento y a las Parlamento, al comienzo de sus Comisiones y la facultad uno de hacerse oír en ellas. Ante las Comisiones podrán hacerse acompañar los períodos ordinarios de altos cargos o funcionarios sesiones, la celebración de sus Consellerías y solicitar que éstos informen. un debate de política general.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de agosto de 2015 En vigor BOE-A-2015-90696 Leer Qué cambió
5 de septiembre de 2015 BOE-A-2015-10236 Leer Qué cambió
29 de octubre de 1988 BOE-A-1988-27172 Leer Qué cambió
21 de marzo de 1983 Texto original Leer

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