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Legislación › Orden de 1 de julio de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de alfalfa, dáctilo, festuca y ray-grass.

Diez.

Diez.

Las fechas límites de entrega de material para cada campaña y especie serán las siguientes:

Alfalfa: 20 de enero.

Dactilo: 1 de julio.

Festuca: 1 de julio.

Raygrass: 1 de julio.

Esparceta: 1 de septiembre.

Yeros: 1 de septiembre.

Garbanzo: 1 de septiembre.

Altramuz: 1 de septiembre.

Zulla: 1 de septiembre.

Tréboles: 1 de agosto.

Veza: 1 de septiembre.

Lenteja: 1 de septiembre.

Guisante forrajero: 1 de septiembre.

Habas forrajeras: 1 de septiembre.

Agrostis: 1 de julio.

Festuca roja: 1 de julio.

Grama de las Bermudas: 1 de julio.

Poa: 1 de julio.

En el caso de que la entrega de material se lleve a cabo en fecha posterior a la mencionada, la variedad quedará excluída de los ensayos correspondientes a las siembras que se efectúen inmediatamente después, procediéndose a la inutilización del mismo cuando no se pasase a retirarlo.

Se modifica por el art. único de la Orden de 7 de junio de 1999. BOE-A-1999-13596

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 166, de 13 de julio de 1999. BOE-A-1999-15441

Se modifica por el apartado 2 de la Orden de 4 de abril de 1991. BOE-A-1991-9691

Se modifica por el apartado 1 de la Orden de 19 de septiembre de 1988. BOE-A-1988-24033

Se modifica por el apartado 1 de la Orden de 23 de mayo de 1986. BOE-A-1986-15315

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de junio de 1999 En vigor BOE-A-1999-13596 Leer Qué cambió
21 de abril de 1991 BOE-A-1991-9691 Leer Qué cambió
19 de octubre de 1988 BOE-A-1988-24033 Leer Qué cambió
13 de junio de 1986 BOE-A-1986-15315 Leer Qué cambió
23 de julio de 1985 Texto original Leer

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