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Legislación › Orden de 1 de julio de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de alfalfa, dáctilo, festuca y ray-grass.

Diez.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de julio de 1985 y la del 13 de junio de 1986. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras). Volver al texto en vigor

Diez.
Las fechas límites de entrega de material para cada campaña y especie serán las siguientes:
Alfalfa: Alfalfa, dactilo, festuca, ray-grass, trébol blanco y violeta: 20 de enero.
Dáctilo: 20 Trébol subterraneo: 1 de enero. agosto.
Festuca: 20 Vezas: 1 de enero.
Ray-grass: 20 Esparceta, zulla, yeros, garbanzos, altramuces, lentejas y guisantes: 1 de enero. septiembre.
En el caso de que la entrega de material se lleve a cabo en fecha posterior a la mencionada, la variedad quedará excluida de los ensayos correspondientes a las siembras que se efectúen inmediatamente después, procediéndose a la inutilización del mismo cuando no pasasen a retirarlo, previa notificación del Registro de Variedades Comerciales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de junio de 1999 En vigor BOE-A-1999-13596 Leer Qué cambió
21 de abril de 1991 BOE-A-1991-9691 Leer Qué cambió
19 de octubre de 1988 BOE-A-1988-24033 Leer Qué cambió
13 de junio de 1986 BOE-A-1986-15315 Leer Qué cambió
23 de julio de 1985 Texto original Leer

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