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Legislación › Ley 9/1986, de 30 de diciembre, por la que se crean los Entes de derecho público Instituto Valenciano de Artes Escénicas, Cinematografía y Música e Instituto Valenciano de Arte Moderno.

Artículo 20.

Artículo 20.

Corresponde al Consejo Rector:

a) La aprobación del plan anual de actividades.

b) La aprobación de la Memoria anual.

c) La aprobación de los anteproyectos de presupuesto.

d) La aceptación de donaciones, legados y otras aportaciones realizadas por Instituciones o Entidades públicas o privadas.

e) la aprobación de las normas de organización y funcionamiento del Instituto.

f) la aprobación de gestión anual realizada por el/la director/a gerente.

g) Nombrar un Consejo Asesor.

Se añaden las letras e) a g) por la disposición final 3.3 de la Ley 1/2013, de 21 de mayo. BOE-A-2013-6047.

Téngase en cuenta que ya habían sido añadidas por el Decreto-ley 7/2012, de 19 de octubre.

Se añaden las letras e) a g) por la disposición final 3.3 del Decreto-ley 7/2012, de 19 de octubre. DOCV-r-2012-90045.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de mayo de 2013 En vigor BOE-A-2013-6047 Leer Qué cambió
23 de octubre de 2012 BOE-A-2012-90045 Leer Qué cambió
8 de enero de 1987 Texto original Leer

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