Legislación › Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991.
Disposición transitoria segunda. Retribuciones del personal contratado administrativo.
Disposición transitoria segunda. Retribuciones del personal contratado administrativo.
Las retribuciones del personal contratado administrativo, a que se refiere la Disposición Transitoria sexta de la Ley 30/1984, hasta tanto no concluya el proceso de extinción prevista en dicha Ley, experimentarán un incremento del 6,26 por 100 respecto de las establecidas en 1990.
Véase, sobre incremento retributivo para 1991, el art. 2 del Real Decreto-ley 2/1991, de 25 de enero. BOE-A-1991-2551.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de enero de 1991 En vigor | BOE-A-1991-2551 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1991 | Texto original | Leer |
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