Legislación › Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias.
Artículo 8.
Artículo 8.
La creación, modificación y supresión de las Consejerías se establecerán por Decreto del Presidente del Principado de Asturias
Se modifica por el art. único de la Ley autonómica 4/2008, de 24 de noviembre. BOE-A-2009-1260.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de noviembre de 2008 En vigor | BOE-A-2009-1260 | Leer | Qué cambió |
| 25 de agosto de 1991 | Texto original | Leer |


