Legislación › Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias.
Artículo 8.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de agosto de 1991 y la del 26 de noviembre de 2008.
Tachado: lo que se quitó (53 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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Artículo 8.
1. La Administración del Principado de Asturias se organiza en las siguientes Consejerías: creación, modificación y supresión de las Consejerías se
Interior y Administraciones Públicas.
Hacienda, Economía y Planificación.
Educación, Cultura, Deportes y Juventud.
Sanidad y Servicios Sociales.
Infraestructuras y Vivienda.
Medio Rural y Pesca.
Industria, Turismo y Empleo.
Medio Ambiente y Urbanismo.
2. Laestablecerá establecerán por Ley de la Junta General Decreto del Principado. Presidente del Principado de Asturias
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de noviembre de 2008 En vigor | BOE-A-2009-1260 | Leer | Qué cambió |
| 25 de agosto de 1991 | Texto original | Leer |


