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Legislación › Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias.

Artículo 8.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de agosto de 1991 y la del 26 de noviembre de 2008. Tachado: lo que se quitó (53 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 8.
1. La Administración del Principado de Asturias se organiza en las siguientes Consejerías:
Interior y Administraciones Públicas.
Hacienda, Economía y Planificación.
Educación, Cultura, Deportes y Juventud.
Sanidad y Servicios Sociales.
Infraestructuras y Vivienda.
Medio Rural y Pesca.
Industria, Turismo y Empleo.
Medio Ambiente y Urbanismo.
2. La
creación, modificación y supresión de las Consejerías se establecerá establecerán por Ley de la Junta General Decreto del Principado. Presidente del Principado de Asturias

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de noviembre de 2008 En vigor BOE-A-2009-1260 Leer Qué cambió
25 de agosto de 1991 Texto original Leer

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