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Legislación › Ley 1/1993, de 13 de abril, de Protección de Animales Domésticos y Salvajes en Cautividad.

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera.

Se autoriza a la Xunta de Galicia a modificar, anualmente, el importe de las sanciones establecidas en el artículo 24 de la presente ley conforme a la variación anual del IPC o índice que lo sustituya.

Se modifica por el art. único de la Ley 8/2014, de 26 de septiembre. BOE-A-2014-10826.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de octubre de 2014 En vigor BOE-A-2014-10826 Leer Qué cambió
23 de abril de 1993 Texto original Leer

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